28 de junio de 2011

Arrendamiento en Jarabacoa de cabañas del Estado es un acto ilegal


SANTO DOMINGO (R. Dominicana).- El arrendamiento, concesión o repartición de cabañas del Centro Vacacional Ercilia Pepín, en Jarabacoa, propiedad de Estado, es a todas luces un acto ilegal, pasible de nulidad, por ser violatorio de la Ley de Compra y Contratación del Estado, según opinó en la tarde de este lunes Javier Cabreja, director ejecutivo de la organización cívica Participación Ciudadana.

Al ser consultado en su oficina de la Zona Universitaria, Cabreja afirmó que esa repartición hecha por la Corporación de Fomento a la Industria Hotelera, (CORPHOTEL), según se ha denunciado, benefició a periodistas, políticos, funcionarios y particulares. Por el solo hecho de tratarse de un bien público, agrega, esas transacciones debieron hacerse a través del Congreso, tal y como ordena la ley.

“Ese es un hecho condenable y reprochable, una repartición de bienes del Estado, ejecutado por el director de CORPHOTEL para favorecer amigos y particulares y debe ser corregido lo antes posible. Corresponde al gobierno rescindir esos contratos, porque está claro que ahí no hubo transparencia ni se hizo mediante concursos públicos”, sostuvo Cabreja.Señaló que CORPHOTEL, como institución oficial, no tiene las atribuciones legales para hacer ese tipo de arrendamientos, por lo que incurre en una forma “muy burda” usurpación de funciones.

“Si el Estado se va a desapoderar de una propiedad determinada, debe hacerlo basado en un procedimientos que hagan de ese acto un proceso transparente, que implique que no haya privilegios en la distribución de ese bien, haciendo ofertas, una especie de licitación, donde todos los ciudadanos interesados en adquirir ese bien, puedan optar en una competencia abierta, sobre la base de un concurso público”, dijo Cabreja.

Reiteró que la repartición de las cabañas en cuestión es un acto nulo e ilegal, que aprovecha la relación entre funcionarios y beneficiados, lo que produce un privilegio inaceptable. “Estamos ante un acto ilegal”, insistió el dirigente cívico.

La Ley 340-06 sobre contrataciones del Estado tiene por objeto establecer los principios y normas generales que rigen la contratación pública, relacionada con los bienes, obras, servicios y concesiones del Estado, así como las modalidades que dentro de cada especialidad puedan considerarse. El sistema de contratación pública tiene normas, órganos y procesos que lo rigen y que son utilizados por los organismos públicos para adquirir bienes y servicios, contratar obras públicas y otorgar concesiones.

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